BIENVENIDO AL SITIO DE LA AGRUPACION ROJO Y NEGRO

Nada podemos esperar sino de nosotros mismos. José Gervasio Artigas


domingo, 21 de diciembre de 2008

FALLO DEL STJ DE ENTRE RIOS: LA JUSTICIA NOS DIO LA RAZÓN



COMUNICADO DE PRENSA DE LA AGRUPACIÓN “ROJO Y NEGRO”

Ante el reciente fallo del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Pedroni” (Depto. Villaguay) y con la finalidad de evitar tergiversaciones y malas interpretaciones, la Lista “Rojo y Negro 1º de Mayo” tiene el deber de hacer saber a los compañeros docentes, a la opinión pública y a los medios de prensa, que las instancias jurídicas en modo alguno están cerradas y que la Junta Electoral de la AGMER –brazo ejecutor de la Lista celeste “Integración”– al pretender tomar dicho fallo como una derrota de la Lista ROJO Y NEGRO, se equivoca y mal informa maliciosamente.

En primer lugar, el Dr. Chiara Díaz fue el único vocal que analizó y resolvió la cuestión de fondo, es decir, que analizó el accionar de la Junta Electoral Provincial (JEP) en cuanto a las violaciones del Código Electoral Nacional (CEN) y al estatuto de AGMER, pronunciándose por la ILEGALIDAD de lo actuado por la junta, RATIFICANDO así lo denunciado permanentemente por nuestra agrupación y TODOS los fallos de primera instancia.

La gran sorpresa llegó de la mano de los jueces Mizawak y Carubia que no resolvieron el fondo de la cuestión, sino que “llamativamente” evitaron opinar sobre las violaciones al CEN y resolvieron desestimar el amparo en razón de existir otra vía idónea, es decir, que se revoca el fallo del Dr. Parajón sólo por una cuestión formal. Queda claro que el actuar de la JEP NO HA SIDO CONVALIDADO. Bajo ningún punto de vista puede sostenerse que la justicia habilitó o autorizó o convalidó a la junta electoral a convocar a elecciones complementarias.

En realidad, quedan claras algunas cosas y surgen muchas dudas. LA JUSTICIA NOS DIO LA RAZÓN Y SOMOS UNA MOLESTIA PARA EL PODER. Todos los jueces que analizaron el accionar de la JEP ratificaron nuestras denuncias de violaciones al CEN. Entonces… si tenemos razón, ¿Por qué el STJ no resuelve la cuestión de fondo? ¿Por qué este llamativo desvío del eje de la discusión?

En la escuela, los docentes enseñamos que “los jueces VIGILAN el cumplimiento de las leyes”, entonces si el amparo de la Lista Rojo y Negro CONTRA la JEP es por las violaciones al CEN, ¿cómo entendemos y le explicamos a nuestros alumnos que la Jueza Mizawak exprese en su voto que “resultaría imprescindible contar con la intervención en autos de los representantes de la misma (LISTA celeste INTEGRACIÓN), ya que se pretende la invalidación de una decisión que involucra a ambas partes y que fue resuelta a favor de ésta.-“?(sic). La obligación de esta Jueza de la República es VIGILAR el cumplimiento de las leyes, más allá de quién sea el beneficiado.
También enseñamos que “todos somos iguales ante la Ley ”, pero para Mizawak hacer lugar a nuestro reclamo podría significar que “aún cuando el acto impugnado pudiera presentar los vicios y vulneraciones a derechos constitucionales que denuncian los actores, el eventual progreso de la pretensión deducida comprometería inevitablemente los derechos subjetivos e intereses de la otra lista participante de las elecciones, los que no pueden verse alterados jurisdiccionalmente sin su intervención en la causa, en salvaguarda de las garantías constitucionales de inviolabilidad de la defensa en juicio”(sic). Para esta Jueza de la República , hay que preservar los derechos constitucionales de los ciudadanos de la Lista celeste Integración, aunque para hacerlo se deban violar los derechos constitucionales de los ciudadanos de la Lista Rojo y Negro. ¿Cuál sería el espacio que permita resguardar los derechos de TODOS? A esto no da respuesta.

El juez Carubia utilizando tan sólo 28 palabras, adhiere al voto de Mizawak.

Debe aclararse que el Superior Tribunal, al expresar “que no existe nulidad”, hace referencia al fallo del Dr. Parajón y no a lo actuado por la junta electoral, aclaración absolutamente necesaria ya que, interesadamente o por error, se afirma por los medios que el Alto Cuerpo convalidó lo actuado por la junta electoral. No existe nulidad del proceso judicial pero NADA dice el fallo acerca de lo actuado por la JEP , el único Juez que analizó la cuestión de fondo votó en minoría y los otros dos no se refirieron al tema.
Resolviendo el fondo de la cuestión, dos jueces de primera instancia (Parajón y Morande) comprobaron las reiteradas violaciones por parte de la junta electoral de la AGMER a las normas del derecho electoral y a los propios Estatutos de la entidad, y la sentencia de Parajón fue revocada por el Superior Tribunal de Justicia por una cuestión formal (existencia de otra vía), de modo que sustancialmente los fallos de primera instancia quedan inconmovibles en cuanto a la cuestión de fondo, la que no resolvió la mayoría de la Sala Penal del STJER.

El marco de ilegalidad en que se ha desenvuelto la junta electoral de la AGMER no ha sido desvirtuado por el fallo del Superior Tribunal de Justicia, y la Lista “Rojo y Negro 1º de Mayo” continuará, en todos los terrenos en que haga falta, la defensa de las posiciones democráticamente asumidas y el respeto a la voluntad soberana de los docentes de la provincia, quienes con su voto confiaron la conducción gremial provincial a nuestra Lista, resultado que pretende desconocerse bajo argumentaciones judicialmente deslegitimadas.

La lista Rojo y Negro “1º de Mayo” censura la conducta de desvirtuar el exacto sentido y alcance de un fallo judicial para sustentar una victoria electoral que no han tenido en las urnas, ya que los depositarios y protagonistas de la soberanía electoral le han dado la espalda a una dirigencia y a un modo de actuar de espaldas a toda la docencia de Entre Ríos.-



Agrupación Rojo y Negro “1º de Mayo”
En defensa del voto docente del 12 de noviembre

Paraná, 19 de diciembre de 2008